Artículo UNICO
Artículo único. Derógase el impuesto de un peso oro por quintal métrico bruto o fracción establecido por el artículo 131 de la ley N.o 13,305, en cuanto grava el desembarque de la gasolina y el kerosene, que se afora por las partidas 1079 y 1095 del Arancel Aduanero, que se efectúe por los puertos marítimos.
📜 Texto Legal Técnico
