Artículo UNICO
"Artículo único.- Elévase, por gracia, a dos mil cuatrocientos pesos ($ 2,400), la pension anual de que actualmente disfruta la viuda e hijas solteras del jeneral de division, don José Manuel 2.o Novoa".
📜 Texto Legal Técnico
LEI NUMERO 3,399
Ley 3399 · 1 artículos · Versión BCN: 1918-08-09 · Ver en LeyChile ↗
"Artículo único.- Elévase, por gracia, a dos mil cuatrocientos pesos ($ 2,400), la pension anual de que actualmente disfruta la viuda e hijas solteras del jeneral de division, don José Manuel 2.o Novoa".