Artículo UNICO
''Artículo único.- Reemplázase, en el inciso final del artículo 24 de la ley Nº 18.591, modificado por el artículo 21 de la ley Nº 19.182 y por el artículo 2º de la ley Nº 19.242, la expresión ''1999'' por ''2000''.''.
📜 Texto Legal Técnico
