Artículo
"Artículo único.- Reconócense, por gracia y para todos los efectos legales, los servicios prestados como Ayudante de la Administración de Correos de Pozo Almonte, de la provincia de Tarapacá, al señor Carlos Siglich Araneda, entre el 1º de Enero de 1907 y el 31 de Diciembre de 1910, para los efectos de reliquidar su pensión de jubilación. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".
📜 Texto Legal Técnico
