Artículo
"Artículo único.- Reconócese, por gracia, y para todos los efectos legales, en la Hoja de Servicios de don Ernesto Rebolledo González, tres años y diez meses servidos como Inspector de la Escuela Industrial de Curicó, entre el 1º de Marzo de 1949 y el 31 de Diciembre de 1952. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."
📜 Texto Legal Técnico
