Artículo
"Artículo único.- Reconócense, por gracia, para todos los efectos legales, incluso el goce de trienios que percibe el personal del Ministerio de Educación Pública, en la Hoja de Servicios de doña Iris del Carmen Serrano López, el lapso comprendido entre Marzo de 1946 a Diciembre de 1949, en que se desempeñó como profesora de la Escuela Particular de Niños Nº 1, de Andacollo, y el tiempo transcurrido entre Marzo de 1951 a Diciembre de 1952, en que sirvió el cargo de profesora de la Escuela Particular de Niñas Nº 2, de Andacollo. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."
