Artículo UNICO
"Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Ester Jünemann Watson viuda de Alamos, una pensión mensual de cinco sueldos vitales, escala A), del departamento de Santiago, sin perjuicio de la pensión de montepío que actualmente percibe. El gasto que irrogue la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".
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