Artículo UNICO
"Artículo único.- Reconócese por gracia, para todos los efectos legales y en especial para los efectos del beneficio de quinquenios establecido en la ley N.o 15.575, de 15 de Mayo de 1964, al Suboficial Mayor de Carabineros don Edmundo Horta Lucabeche los dos años y ocho meses de servicios prestados como Portero 3.o, grado 21.o, en la Dirección General de Investigaciones entre el 1.o de Diciembre de 1946 y el 1.o de Agosto de 1949. Será de cargo del beneficiario el pago de las imposiciones que deban integrarse en la Caja de Previsión correspondiente, por el período a que se refiere el inciso anterior, debiendo liquidarse tales imposiciones sobre la base de la renta imponible de la primera renta mensual de que haya disfrutado el beneficiario con posterioridad al mencionado período.".
