Artículo UNICO
"Artículo único.- Otórgase, por gracia, a doña Zulema Arriagada de Seaman, una pensión mensual de seiscientos escudos, sin perjuicio del montepío que pueda percibir. El mayor gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".
📜 Texto Legal Técnico
