Artículo UNICO
"Artículo único.- Otórgasele, por gracia, a don Arnoldo Alarcón Araya, una pensión equivalente a la remuneración íntegra de un Cabo 2º de Ejército, sin quinquenios. El gasto que demande la aplicación de esta ley será de cargo del ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".
📜 Texto Legal Técnico
