Artículo UNICO
"Artículo único.- Auméntase, por gracia, la pensión concedida a doña Juana Palma Muñoz, por ley 17.001, de 23 de Octubre de 1968, a un sueldo vital mensual, escala A), del departamento de Santiago. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".
📜 Texto Legal Técnico
