Artículo UNICO
"Artículo único.- Reconócense, por gracia, como servidos efectivamente en la Fuerza Aérea de Chile, a don Raúl Saide Araya Vega, dos meses a partir del 30 de Septiembre de 1959, como Suboficial grado 4.o con cinco quinquenios. La Sección Pensiones de la Subsecretaría de Aviación del Ministerio de Defensa Nacional procederá a reliquidar la pensión de retiro que le fue concedida al señor Raúl Saide Araya Vega, por decreto N.o 385 de 19 de Mayo de 1960, de acuerdo con lo dispuesto en esta ley. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".
