Artículo UNICO
"Artículo único.- Reconócense, por gracia, para todos los efectos legales y, especialmente, los previsionales, a la señora Francisca Torres Planells, los servicios prestados en el Seguro Obligatorio desde el 1º de Febrero de 1930 al 30 de Noviembre de 1942. Será de cargo de la beneficiaria el pago de las imposiciones que deban integrarse en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas por el período que se indica en el inciso anterior, debiendo liquidarse tales imposiciones sobre la base de la renta imponible de la primera renta mensual de que haya disfrutado la beneficiaria con posterioridad al período mencionado.".
