Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Guillermo Flores Atencio, para reintegrar imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 28 de Mayo de 1952 y el 31 de Marzo de 1963. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.
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