Artículo UNICO
"Artículo único.- Concédese amnistía al señor Juan Augusto Illanes Donoso, por el delito de estafa a que fue condenado por sentencia de 21 de diciembre de 1950 del Primer Juzgado de Letras de Antofagasta, confirmada por la I. Corte de Apelaciones de Iquique el 13 de junio de 1951, recaída en el proceso Rol 14.293 del referido Juzgado de Letras de Antofagasta."
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