Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña María Eugenia Ibarra Bravo, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación el tiempo servido entre el 1º de Enero de 1969 y el 31 de Diciembre de 1973. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo de la interesada y la Caja de Previsión de la Defensa Nacional procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
