Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Graciela Mercedes Filomena Peña Moreno, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación el tiempo servido entre el 25 de Mayo de 1952, y el 20 de Marzo de 1955. Las imposiciones correspondientes a dichos períodos serán de cargo del interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
