Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Teresa Bove del Gatto, un nuevo plazo de 120 días, a contar de la publicación del presente decreto ley, para que se acoja al beneficio contemplado en los incisos cuarto y quinto del artículo 2º transitorio del decreto ley Nº 1.610, de 1976.
📜 Texto Legal Técnico
