Artículo 1
''Artículo 1º.- Introdúcense al inciso primero del artículo 7º del decreto ley Nº1.123, de 1975, sobre unidad monetaria, las siguientes modificaciones: 1.- Intercálanse las expresiones ''de $ 500,'' entre las palabras ''monedas'' y ''de''. 2.- Suprímense las expresiones finales ''de $ 0,50, de $ 0,10, de $ 0,05 y $ 0,01.'', reemplazándose la coma (,) que las antecede por un punto (.) aparte.
📜 Texto Legal Técnico
