Artículo UNICO
Artículo único.- Modifícase el decreto ley Nº 2.484, de 24 de Enero de 1979, en la parte que reconoce a don Leopoldo Antúnez Pozo el tiempo servido entre el 1º de Octubre de 1963 y el 1º de Julio de 1964, en el sentido que las imposiciones por dicho período serán recibidas por la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y, una vez integradas serán consideradas en su jubilación.
📜 Texto Legal Técnico
