Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Oscar Rigoberto Bahamondes Navarro, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 1º de Febrero y el 31 de Mayo de 1949, y entre el 1º de Febrero y el 31 de Mayo de 1950. Las imposiciones correspondientes a dichos períodos serán de cargo del interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
