Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Juana Felicita Núñez Muñoz, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 1º de Marzo y el 22 de Abril de 1946; 2 de Mayo y el 15 de Junio de 1946; 1º de Agosto y el 23 de Septiembre de 1946; 1º de Abril y el 30 de Septiembre de 1947; 1º de Noviembre de 1947 y el 30 de Mayo de 1949; 1º de Julio de 1949 y el 17 de Marzo de 1951; 26 de Marzo de 1951 y el 29 de Abril de 1952; 1º de Junio y el 31 de Octubre de 1952, y 1º de Enero y el 31 de Marzo de 1953. Las imposiciones correspondientes a dichos períodos serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
