Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Hernán Ovalle Pacheco, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 15 de Septiembre de 1958 y el 30 de Junio de 1964. La Caja de Previsión y Estímulo de los Empleados del Banco de Chile, procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.
📜 Texto Legal Técnico
