Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia a doña Sylvia Terán Guajardo para que reintegre las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 11 de Febrero de 1952 y el 10 de Noviembre de 1953. La Caja de Previsión de los Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo de la interesada.
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