Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña Marta Hortensia Portuguez León, para reintegrar las imposiciones correspondientes a los períodos comprendidos entre el 1º de Marzo de 1963 y el 30 de Abril de 1964; desde el 1º de Julio de 1964 y el 31 de Enero de 1966; y entre el 1º de Marzo de 1966 y el 20 de Mayo de 1969. La Caja de Previsión de Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dichos períodos, las que serán de cargo de la interesada.
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