Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Luis Mario Dueñas Tello, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 1º de Julio de 1953 al 31 de Diciembre de 1956. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo del interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
