Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña María López Ayala, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 30 de Septiembre de 1953 y el 31 de Octubre de 1956. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
