Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Alicia Victoria Gauche Délano, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación, el tiempo servido entre el 16 de Octubre de 1954 y el 31 de Agosto de 1955. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
