Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Oscar Herrera Palacios, el derecho a que la pensión de jubilación que percibe por la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas le sea cancelada por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas traspasará todas las imposiciones previsionales que registra el interesado en dicha Caja a la de Previsión de la Defensa Nacional.
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