Artículo
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Genaro Cotta Martin para que reintegre las imposiciones correspondientes al período entre el 1º de Abril de 1949 y el 28 de Febrero de 1951. La Caja Bancaria de Pensiones procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.
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