Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don José Manuel Bravo Fourcaud, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 19 de Marzo de 1951 y el 28 de Febrero de 1956, y el 3 de Abril de 1959 y el 22 de Marzo de 1950. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.
📜 Texto Legal Técnico
