Artículo UNICO
''Artículo único.- Introdúcense, en el artículo 13 del Código del Trabajo, las siguientes modificaciones: 1.- Reemplázase, en el inciso segundo, la palabra ''quince'' por ''dieciséis''. 2.- Sustitúyese, en el inciso tercero, la expresión inicial ''Los menores de quince años y mayores de catorce'' por ''Los menores de dieciséis años y mayores de quince''.''.
📜 Texto Legal Técnico
