Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Luzberto Rolando Navarrete Iturra, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 2 de Marzo de 1945 y el 31 de Diciembre de 1950. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo del interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
