Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don José Alejandro Ríos Veloso, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 1º de Marzo de 1952 y el 30 de Marzo de 1956. Las imposiciones correspondientes a dichos períodos serán de cargo del interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
