Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Elba Felisa Bode Pimentel para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 11 de Mayo de 1966 y el 31 de Diciembre de 1971. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
