Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a tres sueldos vitales mensuales de la Región Metropolitana de Santiago, la pensión de gracia que actualmente disfruta doña Sara Ekdahl Pesse, que le fue otorgada por ley Nº 15.578, de 1964. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda. Este beneficio será sin perjuicio de la pensión que le concede la Dirección de Previsión de Carabineros.
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