Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Eduardo Labra de la Fuente, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1º de Octubre de 1946 al 15 de Diciembre de 1950. La Caja Bancaria de Pensiones procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.
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