Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña Rosa Astorga Guzmán, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período servido entre el 1º de Septiembre de 1958 y el 31 de Julio de 1960. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo de la interesada.
📜 Texto Legal Técnico
