Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña Olga del Carmen Araya Bahamondes, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período servido entre el 1º de Enero de 1945 y el 31 de Agosto de 1959. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo de la interesada.
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