Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don René Mario Armando Fuentes Quezada, para todos los efectos legales, el tiempo servido entre el 24 de Enero y el 18 de Marzo de 1932 Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo del interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
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