Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña Lily Adriana Benavides Jara para todos los efectos legales el tiempo servido entre el 17 de Noviembre de 1953 y el 31 de Diciembre de 1954. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
