Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a doña María Elena Padilla Castro, para todos los efectos legales, los períodos servidos entre el 1º de Octubre de 1953 y el 1º de Abril de 1954; el 1º de Enero de 1956 y el 13 de Junio de 1957. Las imposiciones correspondientes a dichos períodos serán de cargo de la interesada y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
