Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Héctor Díaz Barraza, para todos los efectos legales el tiempo servido entre el 1º de Abril de 1955 y el 31 de Marzo de 1961. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo del interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
