Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, a don Miguel Angel Enríquez García, para todos los efectos legales, los períodos servidos entre el 22 de Enero de 1970 al 30 de Junio de 1972, y desde el 1º de Septiembre de 1972 al 31 de Diciembre de 1974. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo del interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
