Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña María Ovalle Ortúzar, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 24 de Abril de 1944 y el 15 de Junio de 1953. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo de la interesada.
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