Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Sergio Romero Portur, para que reintegre imposiciones por el período servido entre el 1º de Agosto de 1949 y el 12 de Abril de 1959. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibir las imposiciones por el período señalado, las que serán de cargo del interesado.
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