Artículo UNICO
Artículo único: Reconócese, por gracia, a don Hernán Sánchez Escárate, para todos los efectos legales el tiempo servido entre el 1º de Junio de 1955 y el 1º de Junio de 1965. Las imposiciones correspondientes a dicho período serán de cargo del interesado y la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a recibirlas.
📜 Texto Legal Técnico
