Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a doña Silvia Palma Naveas para que reintegre imposiciones correspondientes al período servido entre el 1º de Julio de 1956 y el 15 de Marzo de 1960. La Caja de Previsión de Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo de la interesada.
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