Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Jorge Orlando Beyer Novoa para que reintegre las imposiciones correspondientes al período servido entre el 1º de Mayo de 1947 y el 31 de Mayo de 1952. La Caja de Previsión de los Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.
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