Artículo 1
Artículo 1º La Caja de Colonización Agrícola, creada por ley número 4.496 , de 10 de Diciembre de 1928, dependerá, en todo lo referente a sus relaciones con el Estado, del Ministerio de Tierras y Colonización. El Ministro de Tierras y Colonización presidirá las sesiones del Consejo de la Caja, cuando asistiere a ellas.
📜 Texto Legal Técnico
